
Decreto por el que se modifica el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte y el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 5 del Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, es aplicable:
I. A partir del 18 de enero del 2016 respecto de las fracciones arancelarias del capítulo 64 de la Tarifa
de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que se adicionan en el artículo Quinto del presente Decreto, y
II. A partir del 1 de junio de 2016 respecto de las fracciones arancelarias de los capítulos 54, 55, 61, 62 y 63 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que se adicionan en el artículo Quinto del presente Decreto.