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Noticia de Comercio Exterior

Cuarta Resoluci髇 de Modificaciones a las RGCE 2015 y anexos 1, 14, 22, 27 y 30.

Secretar韆 de Hacienda y Cr閐ito P鷅lico

Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y sus anexos 1, 14, 22, 27 y 30.

 

Artículo transitorio

Único. La presente Resolución entrará en vigor a los treinta días naturales siguientes a la publicación en el DOF, con excepción de lo siguiente:

I.     Lo dispuesto en la regla 2.3.9., fracción I, incisos f), o) y p); fracción II, inciso b) y fracción III, incisos m), n), o) y p) entrará en vigor 2 meses posteriores a la publicación de la presente Resolución.

II.     Lo dispuesto en las reglas 2.5.1., sexto párrafo, fracción I, 2.5.2., tercer párrafo, fracción I y fracción II, en lo relativo a la derogación de su primer párrafo, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

III.    Lo dispuesto en la regla 3.7.34., publicada en la página electrónica del SAT www.sat.gob.mx., el 28 de agosto de 2015, será aplicable a partir del 1º de septiembre de 2015.

IV.   Lo dispuesto en la regla 3.8.18., fracciones V y VII, entrarán en vigor 6 meses posteriores a la publicación de la presente Resolución.

V.    Lo dispuesto en la regla 5.2.14., entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

VI.   Los identificadores "HC" y el numeral 2 del complemento 1 del identificador "AV", del Apéndice 8 del Anexo 22, entrarán en vigor al día siguiente a la publicación de la presente Resolución.

VII.   La modificación de los numerales 1 y 2, del numeral 2 "INST. EMISORA" del bloque "CUENTAS ADUANERAS DE GARANTÍA (NIVEL PARTIDA) del "Instructivo para el llenado del Pedimento" y la adición del numeral 1A y la modificación del numeral 2 del complemento 1 del identificador "A3" del Apéndice 8, así como la modificación de la clave"C1" y la adición de la clave "C6" de la Secretaría de Energía del Apéndice 9, del Anexo 22, entrarán en vigor al día siguiente a la publicación de la presente Resolución.

 

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